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Mercado comunitario de productos cosméticos en virtud del Reglamento (CE) nº 1223/2009

Mercado de productos cosméticos de la UE según el Reglamento (CE) nº 1223/2009
Industrias cosméticas

Mercado de productos cosméticos de la UE en virtud del Reglamento (CE) nº 1223/2009

           Los fabricantes deben seguir un proceso antes de vender sus productos cosméticos en la UE mercado. QSE Academy ha recopilado los pasos y la información necesarios para ayudar a su empresa a entrar en el mercado de la UE.

Su empresa podrá llevar a cabo este proceso una vez que conozca los aspectos clave de la incursión en el mercado de la UE.

Proceso de introducción de sus productos en el mercado de productos cosméticos de la UE

  • Clasifique su producto

           Para esta parte, su empresa debe comprobar la definición de productos cosméticos en la UE.

La UE Reglamento 1223/2009 sobre cosméticos define los productos cosméticos como:

           "Cualquier sustancia o mezcla destinada a ser puesta en contacto con las partes externas del cuerpo humano, como la epidermis, el sistema piloso, las uñas, los labios y los órganos genitales externos?

Además, abarca los productos cosméticos para los dientes y las mucosas de la cavidad bucal.

Dichos productos deben limpiar, perfumar, cambiar de aspecto, proteger, mantener en buen estado y corregir los olores corporales.

Del mismo modo, los productos cosméticos deben:

  • No contener ingredientes prohibidos enumerados en el Reglamento 1223/2009 Anexo II.
  • Seguir las restricciones sobre sustancias restringidas del Anexo III.
  • Cumpla los requisitos sobre colorantes, conservantes y filtros UV.

Tenga en cuenta que la clasificación es caso por caso. Sin embargo, los productos destinados a ser inyectados, implantados, inhalados o ingeridos no entran en la definición.

Por lo tanto, los productos cosméticos pueden incluir:

  • Geles, lociones, aceites, cremas y emulsiones para la piel
  • Polvos de maquillaje, higiénicos y para después del baño
  • Jabones de tocador y desodorantes
  • Desodorantes y antitranspirantes
  • Preparados para el baño y la ducha
  • Aguas de colonia, perfumes y aguas de tocador
  • Máscara facial
  • Productos para fijar, alisar y rizar el cabello
  • Colorantes capilares
  • Productos de peluquería, acondicionamiento y limpieza del cabello
  • Productos de afeitado
  • Bases tintadas
  • Depilatorios
  • Para el cuidado de los dientes y la boca
  • Productos aplicados en los labios
  • Productos para el cuidado de las uñas
  • Productos para la higiene íntima externa
  • Productos para tomar el sol y broncearse
  • Productos antiarrugas y blanqueadores de la piel
  • Asignar una persona responsable

Esto se aplica si su empresa decide designar a una persona, establecida en la UE, para llevar a cabo las tareas del Responsable de su producto.

  No obstante, puede omitir esta parte si va a actuar como Persona Responsable.

Tenga en cuenta que puede invertir los pasos uno o dos. También puedes combinarlos en uno solo.

           Según Reglamento 1223/2009 Artículo 4.1Únicamente los productos cosméticos para los que una persona física o jurídica haya sido designada en la Comunidad como 'persona responsable' se comercializarán".

  En otras palabras, no se puede colocar un producto cosmético en el mercado de la UE sin Persona Responsable<span style="”background-color:" #9fe0d0;”>.

Tenga en cuenta que la persona responsable tiene que ser designada por un mandato escritoy tiene que aceptar este papel por escrito.

  • Elabore el expediente de información sobre cada uno de sus productos cosméticos

El Fichero de Información del Producto (FIP) sirve de base para la notificación previa a la comercialización de productos cosméticos. Incluye información sobre un producto cosmético como:

  • Especificaciones de las materias primas
  • Especificaciones del producto acabado
  • Especificaciones de embalaje
  • Descripción del producto
  • Informe sobre la seguridad de los productos cosméticos (CPSR)
  • Realizar la notificación del producto

La notificación del producto es un requisito previo a su comercialización. Por lo tanto, la notificación del producto debe realizarse antes de su comercialización en la UE.

Una vez que los productos cosméticos cumplan la legislación pertinente, podrá ejecutar la notificación.

  • Ponga su producto en el mercado de la UE

Una vez cumplidos los pasos del uno al cuatro, puede introducir sus productos cosméticos en el mercado de la UE.

Sin embargo, el La persona responsable debe efectuar la notificación de su producto al Portal de notificación de productos cosméticos (CPNP)).

Tenga en cuenta que sus productos deben cumplir siempre la normativa.

  • Mantenga siempre actualizado el archivo de información del producto

La actualización del expediente de información sobre el producto incluye mantener el producto cosmético conforme a la legislación pertinente.

Una vez que su empresa haya preparado y cumplido estos pasos, su producto podrá entrar con éxito en el mercado de la UE.

QSE Academy ha desarrollado conjuntos de herramientas y paquetes para ayudar a su empresa de cosméticos a iniciar este proceso y cumplir la norma ISO 22716.


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